Prográmese: El Distrito ya publicó el calendario tributario, conozca los plazos para pagar con descuento
- ¿Por qué prefieren guardar plata que ejecutarla? Angélica Lozano en contra de impuestos
- ¿Proyecto de ley podría aumentar el valor del predial? Le pusimos la lupa al tema
El Distrito ya compartió el nuevo cronograma para pagar los impuestos del año entrante, según el cual los contribuyentes tienen plazo para declarar y pagar el Impuesto Predial.
Según el documento, hasta el 12 de mayo será el plazo para pagar aplicando el descuento del 10%; y sin descuento ni sanción hasta el 14 de julio.
Le recomendamos leer: SAE ofrece predios para solucionar hacinamiento de indígenas Emberá en Bogotá
De igual forma, los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses.
Tendrá plazo hasta el 26 de mayo de 2023 para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC).
Los vencimientos serán de la siguiente manera:
- Primera cuota, el 9 de junio.
- Segunda, el 4 de agosto.
- Tercera, el 6 de octubre.
- Cuarta, el 1 de diciembre.
Impuesto de Vehículos
Hasta el 2 de junio del 2023 será el plazo para pagar teniendo el 10% de descuento por pronto pago; y hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.
Régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA)
Estos contribuyentes tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre.
Igual sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.
Le puede interesar: Pico y placa en Bogotá: rotación evitaría que personas con dos carros tengan ventaja sobre la norma
“Así mismo, los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (14.859.564 pesos), deberán presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda, una única declaración anual por la vigencia, a más tardar el 23 de febrero de 2024”, anota el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Los contribuyentes de ICA del régimen Preferencial deberán presentar por medios virtuales una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.