Corte Suprema de Justicia niega la decisión de designar a Mancuso como gestor de paz
La decisión fue tomada en la tarde del 13 de noviembre porque “se busca otorgar un beneficio ilimitado (la libertad)”, sugiere la Corte.
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Varios sectores del país se estremecieron recientemente a causa de un comunicado publicado por la Presidencia de la República, en el que confirmaron los próximos gestores de paz que entrarían a “facilitar la política de Paz Total”. En ese sentido, de acuerdo con lo indicado, el Gobierno emitió cuatro resoluciones en las que se establece a 15 miembros del Estado Mayor Central (EMC), 17 exparamilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), entre otros, para cumplir con dicho rol.
Con ello, las personas designadas tendrán como labor “impulsar los procesos con el grupo Comuneros del Sur, en Nariño; el Estado Mayor Central de las Farc (EMC) y con estructuras armadas organizadas del crimen en Medellín y el Valle de Aburrá”, expresa el comunicado.
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Ahora bien, entre los nombres que más resuenan, la medida cobijaría a Salvatore Mancuso, excomandante de las AUC; Carlos Mario Jiménez, alias ‘Macaco’; Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’; Hebert Veloza García, alias ‘H.H’; Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’ y más.
La Corte Suprema de Justicia habla sobre Mancuso como gestor de paz
Después de las declaraciones hechas por la Presidencia de la República, encabeza de Gustavo Petro, la Corte Suprema de Justicia se pronunció en la tarde de este miércoles 13 de noviembre, donde comenta que la Sala de Casación Penal se opone a la libertad del exparamilitar Salvatore Mancuso, así como a su designación como gestor de paz.
Esto debido a que “al analizar el alcance de la paz en relación con la justicia y los derechos de las víctimas, se advierte la falta de proporcionalidad de la medida pretendida por el Gobierno Nacional”. Asimismo, la sentencia emitida señala que más allá de ser un tema para contribuir con la paz, es necesario revisar detalladamente lo propuesto porque “debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de DD. HH., lo que impide que actualmente se puedan otorgar beneficios excesivos a los máximos responsables de este tipo de conductas”.
En ese orden de ideas, uno de los beneficios a los que hace mención la Sala de Casación es a otorgarle a Salvatore Mancuso la libertad “sin contraprestación ni contención alguna”.
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Adicional a todo ello, también la Corte Suprema de Justicia sugiere que en las resoluciones emitidas por el Gobierno Nacional no hay precisión acerca del tiempo o lapso en el que estaría el exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia en la designación como gestor de paz, enviando de esta manera un mensaje erróneo a las víctimas, “consistente en que su agresor, antes que asumir los compromisos que le impone el Sistema de Justicia y Paz derivados de sus múltiples conductas, y de que pesa en su contra una medida de aseguramiento de detención preventiva que debe cumplir para anticipar el cumplimiento de la pena, obtiene una desmedida contraprestación”, asevera.