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Pilas papás: estos son los útiles que no podrá exigirle el colegio con la nueva resolución

Atención padres y madres: la nueva resolución de la Secretaría de Educación explica que útiles NO podrán ser exigidos en los colegios.

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A partir de una nueva resolución de la Secretaría de Educación de Bogotá, los colegios privados están obligados a regular la lista de útiles que solicitan a sus estudiantes. Esta medida busca evitar que las instituciones pidan objetos que deberían estar incluidos en el costo de la matrícula escolar. La resolución pretende garantizar que los gastos no se descontrolen y que las familias no enfrenten cargas económicas excesivas al inicio del año escolar.

Muchos padres han expresado su descontento ante la exigencia de ciertos productos, como papel higiénico, jabón líquido, toallas de manos y toallitas húmedas. Estos artículos, que no son estrictamente útiles escolares, generan dudas sobre la necesidad de su compra por parte de los padres. La medida de la Secretaría busca aclarar estas situaciones y limitar la lista de útiles a lo esencial.

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¿Qué elementos no se deben cobrar?

La resolución establece claramente qué elementos sí pueden ser solicitados por los colegios. Entre los objetos que se pueden cobrar se encuentran: el carné estudiantil, el duplicado del carné, derechos del grado once, la agenda escolar, instrucción militar y la plataforma de comunicación. Sin embargo, también se especifica lo que no se puede cobrar, incluyendo la sistematización de notas, papelería, útiles de aseo, circulares, intervenciones en la planta física y mantenimiento de bienes.

Esta regulación tiene como objetivo principal reducir los costos que enfrentan las familias al inicio del ciclo escolar. Al establecer límites claros sobre lo que puede ser solicitado, se espera que los colegios eviten abusos y que los padres no tengan que desembolsar cantidades excesivas por útiles y materiales.

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