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Por debajo de cuerda intentan hacer ineficaz la figura de pérdida de investidura para los congresistas

La pérdida de investidura, que la Constitución de 1991 creó para castigar la corrupción política, podría perder su eficacia con el proyecto de ley que radicó el gobierno con la Corte Constitucional.

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Por debajo de cuerda intentan hacer ineficaz la figura de pérdida de investidura para los congresistas

Desde cuando se creó la figura de la pérdida de investidura más de cincuenta parlamentarios han perdido su curul.

Cesar Pérez García quien también fue condenado como determinador de la masacre de Segovia. Alirio Villamizar, Álvaro Araújo, Regina Once, Ricaurte Losada, Francisco José Jattin, Armando Pomárico y Emilio Martínez, entre otros.

Ahora la Corte Constitucional y el Ministerio de Justicia quieren dificultar la pérdida de investidura que se concibió para que fuera ágil, dándole doble instancia al proceso.

Este movimiento parece coincidir con lo que está pasando en el Consejo de Estado en donde, acogiendo una sentencia de la Corte Constitucional convierten el proceso de pérdida de investidura en lo más parecido a un juicio.

Por esta nueva tesis de la Constitucional, se salvaron las curules de los representantes Noel Ricardo Valencia a pesar de que su esposa era la Alcaldesa de Dosquebradas. Y Héctor Javier Vergara porque su padre era funcionario de la Alcaldía de Sincelejo en donde lo eligieron.

La magistrada del Consejo de Estado Stella Conto, en oposición a lo que considera una transformación de la figura, que de paso modifica la Constitución, pidió anular la sentencia de la Corte por desconocer lo que concibieron los constituyentes del 91 y porque introdujo en procesos de este tipo elementos del juicio penal: la demostración de la culpabilidad, que nada tiene que ver en las acciones de pérdida de investidura.

“La pérdida de investidura es una sanción a la investidura del congresista y no a la persona”, indicó la magistrada Conto.

La pérdida de investidura busca reestablecer la dignidad del congreso, así lo concibió la asamblea constituyente, pero la corte pone por encima el derecho a ser elegido como congresista.

“Pasa por alto que lo que trata la pérdida de investidura, no es restar un derecho a elegir y ser elegido, sino de mantener el cargo en condiciones de dignidad”, agregó la Magistrada.

El proyecto de ley que acaba de presentar el gobierno nacional en el que se pide aplicar doble instancia en las acciones de pérdida de investidura, va en la misma línea.

“El mandato que recibió la constituyente sobre la pérdida de investidura no puede ser modificado por el constituyente derivado que es el Congreso de la República y menos como pretende ahora el gobierno nacional, por medio de una ley ordinaria”, resaltó Stella Conto.

Álvaro Echeverri Uruburu hizo parte de la constituyente del 91 y está de acuerdo con la tesis de la magistrada Conto.

“Haber intervenido en la contratación pública en entidades del Estado. Esos son hechos objetivos que no requieren ninguna demostración de la intención con la cual se efectuó la conducta”, dijo el constituyente Álvaro Echeverri.

Pero con la sentencia de la Corte Constitucional ahora hay que probar que el congresista actuó con dolo o culpa.

“Obliga pues a que el ciudadano busque pruebas que no están a su alcance”, agregó Echeverri.

La Magistrada de la Corte Constitucional Gloria Ortiz, ponente de la decisión que ataca la magistrada Stella Conto del Consejo de Estado, deberá resolver la solicitud de nulidad presentada por su colega.





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