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Nacional

Publicaciones en redes sociales podrían ser investigadas y penalizadas

Piense antes de escribir, porque cualquier comentario en las redes sociales le puede traer un dolor de cabeza.

Twitter, Facebook e Instagram se convirtieron en espacios donde los comentarios intolerantes, racista, homofóbicos o excluyentes se volvieron cada vez mayores.

Sin embargo el límite se sobrepasa cuando se llega a las amenazas. Este delito según la Fiscalía General, entre el 1 de enero del año pasado, tuvo 9.487 denuncias, mientras que en el mismo periodo de este año, tuvo 10.8695, es decir un incremento cercano al 15 %.

“El que por cualquier medio atemorice o amenace a una persona, familia, comunidad o institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población o en un sector de ella, incurrirá por esta sola conducta, en prisión de cuatro a ocho años”, dice la norma.

Esta pena puede aumentar cuando se hace en contra de un miembro de una organización sindical, un defensor de derechos humanos, un periodista o un servidor público perteneciente a la rama judicial o el Ministerio Publico, y familiares.

El caso más reciente lo protagonizó Ariel Ortega, quien a través de su cuenta de Twitter escribió; “Matador es un canalla que falta nos hace Castaño para callarlo”. Esta publicación se interpretó como una amenaza en contra del caricaturista Julio Cesar Gozalez mas conocido como matador quien dijo que no volverá a publicar nada ante estas y otras presuntas amenazas.

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Al respecto el exdirector de Fiscalías, Iván Lombana, dijo que “cualquiera que tenga red social, en este acaso Twitter, se puede dar cuenta que  este tipoi de conductas se cometen a diario en una cantidad in-suscitadle, pero casi ninguna es objeto de judicialización, porque es tal la masividad que las victimas no presentan ninguna denuncia o nos detectadas por la Fiscalía”.

Agregó que “las amenazas pueden tener un tratamiento en el ámbito penal o policivo. Si es penal existe un delito que en términos generales indica que quien profiera amenazas puede tener una pena entre cuatro y ocho años, que incluso puede subir a 10 años, dependiendo contra quien sea. Sin embargo la ley estableció un ingrediente muy especial y subjetivo en el que se indica que la amenaza tiene que tener como propósito causar zozobra en la población o un sector  de ella, pare realizar la judicialización”.

Lombana concluyó afirmando que “toda la persona que recibe este tipo de mensajes puede realizar la respectiva denuncia por amenazas, lo que habría que verificar en cada caso en particular es si causa zozobra en alguna parte de la población”.

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