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Nacional

Corte cambió las reglas de juego para la obtención de la personería jurídica de los partidos políticos

Corte cambió las reglas de juego para la obtención de la personería jurídica de los partidos políticos

Con la decisión de la Corte Constitucional que le otorgó la personería jurídica al movimiento del senador Gustavo Petro, Colombia Humana, el alto tribunal abre la posibilidad que a futuro, los candidatos presidenciales independientes, sin partido político, que obtengan la segunda votación en las presidenciales, y que se declaren en oposición al gobierno, puedan obtener su propio partido político.

“A futuro lo que esta decisión implica es que si un grupo independiente de ciudadanos inscribe a un candidato, y ese queda de segundo y accede a una curul, si ese grupo se constituye como partido, acepta las curules adjudicadas a la oposición, y se declara en oposición, tendrá derecho a que se le conceda la personería jurídica para que ejerza de manera plena los derechos derivados a la oposición”, advirtió el magistrado Alejandro Linares, ponente de la decisión.

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La Corte modificó las reglas de juego para que los movimientos políticos accedan a la personería jurídica. Pues antes de esta decisión, la personería sólo se otorgaba a los movimientos y grupos que alcanzaran el umbral en las elecciones legislativas.

“La Corte encontró que el artículo 112 de la Constitución, modificado en el año 2015, al conceder curules en Senado y Cámara al segundo que quede en las elecciones presidenciales, en esa medida le permite ejercer la oposición, no con el artículo 108 sino con el artículo 112. Y en esa medida si se declara en oposición, acepta la curul y se constituye como movimiento político, deberá reconocérsele la personería jurídica frente al vacío que trae el artículo 112 de la carta”, agregó Linares.

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La Corte exhortó al Congreso para que avance en el cumplimiento de la implementación de los compromisos en materia de promoción del pluralismo político previsto en el Acuerdo de Paz suscrito con las Farc.

“Esta es una decisión en el corto plazo en favor de Gustavo Petro pero en el largo plazo en favor de la democracia colombiana”, puntualizó el magistrado.

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