Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 4.414,06
  • Euro$ 4.642,10
  • MSCI COLCAP1.388,22
  • Petróleo (Brent)US$ 74,32
  • Petróleo (WTI)US$ 70,1
  • Café (lb.)US$ 2,95
  • Oro (oz.)US$ 2.659,40
  • UVR$ 376,64
  • DTF E.A. (90d)9,22%
Estamos
viendo:
07:00 pm08:00 pm
Uno, Dos, Tres

Uno | La Corte Constitucional estudia una tutela del senador y candidato presidencial Gustavo Petro

Publicidad

La Sala Plena de la Corte Constitucional discutirá esta semana una tutela que presentó el senador Gustavo Petro.

Con la tutela, el senador Petro pide que la Corte ordene el reconocimiento de la personería jurídica a su movimiento político Colombia Humana. La tutela presentada por Petro cuestiona las resoluciones del Consejo Nacional Electoral que le negaron la personería jurídica a su movimiento con el argumento que este no participó formalmente de las elecciones legislativas de 2018 y por tanto no cumplió con uno de los requisitos para el otorgamiento de la personería.

Le puede interesar: Vacas lesionadas vuelven en helicóptero a su hogar y las fotos conquistan al mundo

Ya el Consejo de Estado le había negado esta tutela a Petro; acreditó que el Consejo Nacional Electoral actuó conforme a la Constitución Política que exige, para otorgarle personería jurídica a un partido, que obtenga como mínimo el 3 % del total de la votación en elecciones a Cámara y Senado. El Consejo Nacional Electoral dijo entonces:

«Es de aclarar que el grupo significativo de ciudadanos Colombia Humana no participó en las elecciones al Congreso de la República del 11 de marzo del 2018. Su participación se limitó a la aparición de su logo en el registrado por las candidaturas inscritas de la llamada Lista de la Decencia, coalición integrada por el partido Alianza Social Independiente (ASI), el partido Unión Patriótica (UP) y el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS)».

Vea también: (Video) El fuerte nocaut que tiene a la boxeadora mexicana ‘Chiquitaboom’ en estado crítico

Para Petro, resulta contradictorio que, por un lado, el estatuto de la oposición «permita que la agrupación que ocupe el segundo lugar en votos en las elecciones presidenciales tenga representación en el Senado y en la Cámara de Representantes, y que, por el otro, se niegue la personería jurídica al movimiento por el cual se ocuparon las curules».

La Corte Constitucional tiene ahora ese gran enredo, después de haber ordenado la resurrección de la personería jurídica del partido político Nuevo Liberalismo.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News