¿Qué puede hacer y qué no en la cuarentena de este fin de semana en Bogotá?
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La restricción a la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá será desde las 00:00 a. m. del sábado 10 de abril de 2021 hasta las 04:00 a. m. del día martes 13 de abril de 2021.
Las terminales y los aeropuertos estarán abiertos, pero solo para las personas que ya tienen tiquete y para quienes estén bajo las excepciones.
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Las actividades de abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad, están exceptuados durante el periodo de restricción a la movilidad, pero para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 7:59 p.m., únicamente.
Se permitirá el desarrollo de actividad física individual al aire libre, por un periodo máximo de una hora al día.
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¿Habrá Pico y Cédula en Bogotá?
Sí. Inició a partir de las 00:00 a. m. del 6 de abril de 2021 y hasta el 19 de abril de 2021 a las 11:59 p.m., la medida se implementará en el ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades tales como:
- La adquisición y pago de bienes y servicios.
- Compra de cualquier producto al detal y al por mayor.
- Servicios bancarios, financieros y notariales.
- Atención al ciudadano en entidades públicas.
- Prestación de cualquier otro tipo de servicios excepto los de salud, farmacia y servicios funerarios.
En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
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Durante la restricción a la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá, estará exceptuada la prestación de los siguientes servicios, entre otros:
- Bancarios.
- Financieros.
- De operadores postales de pago.
- Profesionales de compra y venta de divisas.
- Centrales de riesgo.
- Transporte de valores.
- Vigilancia.
- Seguridad privada y de empresas que presten el servicio de limpieza y aseo
- Actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos.
- Expedición licencias urbanisticas.
- Centros de diagnóstico automotor.
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¿Habrá ley seca en Bogotá?
Sí. Se restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público, o cuya actividad privada trascienda a lo público, desde las 00:00 a. m. del sábado 10 de abril de 2021 hasta las 04:00 a. m. del día martes 13 de abril de 2021.
Se autoriza la venta de bebidas embriagantes y alcohólicas cuando se realice a través de domicilio.
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Plan candado en Bogotá y Cundinamarca
Esta noche también se activa el denominado plan candado para que las personas no salgan de Bogotá o pasen de Cundinamarca a la capital.
Las personas que sean sorprendidas se exponen a dos multas: una multa por seguridad y convivencia y otra por tránsito y transporte.
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