Superindustria ordena a TikTok cumplir con el estándar colombiano de protección de datos
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La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, emitió una orden de obligatorio cumplimiento a las empresas ByteDance Ltd, TikTok, Inc y TikTok Pte. Ltd. para que implementen medidas acordes con el estándar colombiano en el debido tratamiento de datos personales.
La decisión se tomó, a través de la Resolución 62132 del 5 de octubre de 2020, luego de determinar que la Política de Tratamiento la Información (PTI) de TikTok de ByteDance Ltd, empresa domiciliada en Pekín (China), incumple en un 47,37 % los requisitos que exige la regulación colombiana.
Adicionalmente, la PTI aplicable a Colombia no está redactada en idioma castellano, lo cual dificulta que todas las personas comprendan las reglas sobre el tratamiento de sus datos personales.
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De otra parte, se encontró que TikTok no cumple el 58,33 % de los requisitos exigidos por la regulación colombiana respecto de lo que se le debe informar a las personas antes de obtener su autorización para poder recolectar y usar sus datos personales.
Así pues, el incumplimiento de estas órdenes acarrea investigaciones administrativas sancionatorias y multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes. Contra la decisión proceden los recursos de reposición y apelación.
TikTok posee y trata Datos Personales de 12,447,549 usuarios domiciliados o residentes en la República de Colombia, de los cuales 1,933,835 son de niños, niñas y/o adolescentes.