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Reforma al control fiscal tampoco pasó el examen de la Corte Interamericana

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Para cumplir con el fallo ‘Petro Urrego Vs Colombia‘, que condenó al Estado por permitir que autoridades administrativas, como la Contraloría o la Procuraduría, puedan inhabilitar con sus fallos a funcionarios de elección popular, el Estado colombiano promovió una reforma al control fiscal.

Dicha reforma creó la figura del “control automático de legalidad“, en el Consejo de Estado, de las sanciones que impone la Contraloría. Con el objetivo de que las inhabilidades de los fallos de responsabilidad fiscal tengan el ‘visto bueno‘ de la alta corte.

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Pero la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya conceptuó que ese control automático no cumple con lo que ordenaron en el fallo del exalcalde Gustavo Petro.

Destaca la Corte que el Consejo de Estado se ha negado a aplicar ese control automático por considerarlo “inconstitucional“.

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Este Tribunal considera que el Estado no está adaptando su normativa a lo previsto en la Convención Americana y la Sentencia en cuanto a que cualquier sanción que implique la inhabilitación de funcionarios públicos de elección popular tiene que ser impuesta por sentencia del juez competente“, advierte la Corte IDH.

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