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Nacional

Juez reconoce que domiciliarios tienen derecho a prestaciones sociales

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La decisión adoptada por la juez sexta de pequeñas causas de Bogotá se dio tras analizar el caso de un domiciliario que trabajaba en una plataforma tecnológica, y quien argumentó que no recibía auxilio de cesantías, prima, ni vacaciones.

El proceso fue acompañado por la asesoría legal del consultorio jurídico de la Universidad del Rosario, que logró demostrar ante la juez que en este caso había una verdadera relación laboral, la cual obliga el pago de las obligaciones.

“Las consecuencias de decir que es un contrato de trabajo que va a tener como consecuencia, que él va a tener derecho a cesantías intereses, prima, vacaciones, y pago de aportes a pensión”, indicó Javier Almanza, abogado del consultorio jurídico de la Universidad el Rosario.

Y es que según el abogado Almanza en el país ya hay más de 28 mil domiciliarios afiliados a las plataformas digitales, dado que durante la pandemia la demanda por este servicio aumento considerablemente.

En la mayoría de los casos, estos trabajadores no son cobijados con un vínculo directo con las plataformas por lo que las empresas no están obligadas a pagar dichas prerrogativas.

“Debe ser contundente que la persona está prestando esa actividad, que cumplía un horario, que había una constante subordinación de la persona que manejaba la plataforma”, añadió.

El abogado advierte que este fallo podría ser la base para ser aplicado en miles de casos donde se compruebe que hay una relación laboral.

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