Embriones congelados: Corte fija reglas para Técnicas de Reproducción Humana Asistida
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La Corte Constitucional exhortó al Gobierno y al Congreso para que fije una regulación sobre todo lo relacionado con las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA).
Dicha regulación debe incluir un enfoque de género de genero y ocuparse de los ciclos de de las TRHA: desde los los intervinientes en ellas hasta “la responsabilidad de las clínicas y del personal sanitario que participa en el proceso y los efectos en materia de filiación”.
El pronunciamiento se hizo tras conocerse el fallo de una tutela a que presentó una ciudadana en contra de una clínica de fertilidad y de su expareja sentimental, con quien había incurrido en la fecundación in vitro aportando cada uno sus gametos. El preembrión que surgió de dicho procedimiento fue objeto de criopreservación (congelamiento del embrión para disminuir las funciones vitales de una célula).
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Tras la separación de la pareja, el aportante del esperma manifestó su decisión de no continuar con el proceso, por lo que la clínica se negó a adelantar la implantación del embrión hasta que no llegaran a un acuerdo.
La mujer (accionante) interpuso una acción de tutela al considerar que se vulneraron sus derechos, debido a que en el contrato suscrito con su pareja y el centro de fertilidad indicaba que, “en caso de presentarse cambios en la relación de la pareja (separación o divorcio) que originen un desacuerdo, la destinación de los embriones será definido por la madre.”
En consecuencia, la accionante solicitó la implantación del embrión.