Corte tumba tasas con las que los departamentos y municipios financiaban su seguridad ciudadana
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La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó una disposición de la Ley 1421 de 2010 que establecía que los departamentos y los municipios podían “imponer tasas o sobretasas especiales destinadas a financiar los fondos-cuenta territoriales para fomentar la seguridad ciudadana”.
El artículo 8 de la mencionada ley advertía que las tasas para financiar la seguridad de las regiones debían tener un carácter permanente.
Una demanda del ciudadano Javier Ortiz Muñoz le pidió a la Corte que tumbara la potestad regional para fijar esas tasas debido a que vulneraba “la competencia exclusiva del Congreso para establecer contribuciones fiscales y parafiscales”.
La Procuraduría consideró que el tributo no debía caerse por cuanto no vulneraba las competencias del Congreso. Pero la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, consideró que sí.
La Federación Colombiana de Municipios y la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales le pidió a la Corte que dejaran en firme la norma que crea los tributos.
Según fuentes de la Corte, este fallo tendrá efectos diferidos dentro de dos años para que los entes territoriales puedan revisar alternativas de financiación para su seguridad ciudadana.