Corte Constitucional no se pronuncia de fondo sobre la ley de “paz total”
Se concluyó que “ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos”
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A través de un corto comunicado, la Sala Plena de la Corte Constitucional informó que “decidió no pronunciarse de fondo en la demanda presentada contra la Ley 2272 de 2022 (Arts. 2, parcial, 12 y 18) por ineptitud sustantiva de la demanda”.
La Sala concluyó que “ninguno de los cargos formulados cumplía con los requisitos exigidos y se declaró inhibida”.
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Por otro lado, las magistradas Natalia Ángel Cabo y Diana Fajardo Rivera se reservaron la
posibilidad de presentar una aclaración de voto.
Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar se apartó de la posición mayoritaria y salvó su voto, pues “consideró que la demanda sí tiene aptitud sustancial para ser fallada de mérito”.