Precisiones de la Corte por la responsabilidad de propietarios de vehículos en infracciones
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Por: Ana María Cuesta
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En un comunicado, la Corte Constitucional precisó los alcances de su más reciente sentencia ‘C321 de 2022’, que habla de la responsabilidad de los propietarios de vehículos ante la ocurrencia de ciertas infracciones de tránsito.
En dicho fallo, la Corte advirtió que los propietarios de vehículos podrán ser sancionados, en un proceso administrativo, cuando se demuestre que tuvieron la culpa en alguna de las siguientes infracciones de tránsito:
Cuando sus vehículos circulen:
- Por lugares y en horarios que no estén permitidos.
- Cuando excedan los límites de velocidad permitidos.
- Cuando no respeten la luz roja del semáforo.
Advierte la Corte que la sola imposición del comparendo al conductor no implica que el propietario pueda ser sancionado.
Este “deberá ser vinculado en el proceso administrativo sancionatorio. En ese proceso el propietario debe demostrar que obró con el debido cuidado y vigilancia”.
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