Colegios públicos no pueden obligar a asistir a ceremonias religiosas: Corte
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26/10/2017
Al fallar una tutela la Corte Constitucional determinó que los colegios públicos no puede obligar a los estudiantes, docentes y personal administrativo a asistir a ceremonias religiosas si ello va en contra su voluntad.
Explicó el alto tribunal que Colombia es un Estado Laico, por lo cual no se puede obligar a una persona profesar determinada religión.
La Corporación Judicial hizo este pronunciamiento al estudiar el caso de una profesora de Fusagasugá, Cundinamarca, a quien se le obligó asistir a misas católicas aunque ella pertenece a otra religión.
La Corte recordó “el principio de laicidad y el deber de neutralidad religiosa del estado colombiano” por lo que señaló que por tratarse “de una institución de carácter oficial y que, por lo tanto, tiene prohibido adscribirse a religión alguna o favorecer a alguna de ellas por encima de las demás”.