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Justicia

Procuraduría debe recomponer listas de concursos en un término razonable

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Procuraduría debe recomponer listas de concursos en un término razonable

La Procuraduría General de la Nación debe recomponer las listas de elegibles para los cargos disponibles en los concursos de méritos, así la ley no haya señalado un término específico para esta actuación.

La determinación la tomó el Consejo de Estado al resolver la impugnación en un proceso de acción de cumplimiento en el cual analizó los alcances del artículo 216 del Decreto Ley 262 de 2000, que regula el manejo de las listas de elegibles en las convocatorias para el acceso a los cargos del organismo de control.

La ponencia reitera que aunque la citada disposición no haya fijado un plazo para la reintegración de la lista de elegibles, esta obligación debe cumplirse en un término razonable porque en el ordenamiento jurídico colombiano la ley es obligatoria desde su promulgación.

En la acción de cumplimiento, la corporación estimó como plazo razonable un año siguiente a la publicación de la lista de elegibles, dado que en dicho lapso la entidad tiene la posibilidad de resolver las situaciones administrativas.

Asimismo, la Sección Quinta del Consejo de Estado exhortó al procurador general para que una vez vencido el término señalado, proceda de inmediato a la recomposición de la lista para que pueda hacer los nombramientos respectivos en el orden descendente de la lista de elegibles vigente. 

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