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Justicia

Indígenas solo pueden vender productos de hoja de coca en su territorio

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Indígenas solo pueden vender productos de hoja de coca en su territorio
Foto: AFP

Un importante fallo profirió la Corte Constitucional en el cual estableció los requisitos que se deben cumplir para que las comunidades indígenas puedan vender sus productos hechos con hoja de coca fuera de su territorio.

Aclaró el alto tribunal, que si bien no existe una clara legislación que regule la comercialización de tales productos, sí es claro que para poder ser vendidos en sitios distintos a su comunidad deben contar con el premiso sanitario que expide el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

El pronunciamiento lo hizo la Corte, al estudiar una tutela que presentaron dos indígenas pertenecientes a la comunidad Nasa, dado a que no han podido comercializar en Bogotá los productos de su compañía Coca Nasa, por no contar con un registro sanitario.

Solicitaron a la Corte que se les permitiera comercializar los productos derivados de la hoja de coca, tales como alimentos, cosméticos, aperitivos con alcohol, pasta dental, jabón de baño, entre otros.

No obstante, la corporación judicial no acogió la petición e indicó que “la comercialización de los productos derivados de la hoja de coca por parte de las comunidades indígenas fuera de sus territorios, incluido el pueblo Nasa, debe ajustarse a todas los mandatos legales” pues en caso de que ello no ocurra “la venta de los mismos no pueda llevarse a cabo”.

Señaló el alto tribunal, que las medidas adoptadas por el Invima para poder ejercer un control sanitario a los productos de hoja de coca “obedecen al cumplimiento de las funciones que en la materia le fueron legalmente asignadas a dichas entidades para efectos de proteger al consumidor”.

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