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Justicia

Fallo a favor de Paula Gaviria la salva de arrestos y el pago de millonarias multas

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La Sala Plena de la Corte Constitucional falló una tutela a favor de la exdirectora de la Unidad de Víctimas, Paula Gaviria, en la que pedía protección a sus derechos a la libertad, al debido proceso y al patrimonio, que le había vulnerado el Juzgado Civil del Circuito de los Patios, Norte de Santander, por el presunto desacato de órdenes judiciales que solicitaba indemnizar a tres víctimas de desplazamiento forzado.

En su momento, el Juzgado resolvió varios incidentes de desacato en los que determinó que Paula Gaviria, “no había dado cumplimiento a las órdenes impartidas en los fallos de tutela”, sancionándola con multa de cinco salarios mínimos y arresto de tres días. Además había solicitado a la Fiscalía General que la investigara por la presunta comisión del delito de fraude a resolución judicial.

En la tutela, Paula Gaviria, argumentó a manera de defensa, que la Unidad bajo su dirección “acreditó el cumplimiento a los tres fallos de tutela dentro del margen de sus competencias”, explicando para ello que cumplió con informar “a cada víctima una fecha y un turno para el pago de la medida de indemnización administrativa”, pues recordó “que no es posible pagar simultáneamente a todas las víctimas del conflicto armado”.

Indicó además que existe un déficit presupuestal “en la política pública de reparación integral a las víctimas del conflicto, que se constituye en una dificultad para que la entidad cumpla su cometido”.

Agregó en su acción judicial que “a pesar de los esfuerzos de la Unidad de Víctimas por impulsar los trámites, no es posible determinar el plazo en que un hogar víctima de desplazamiento accederá a la indemnización ni el monto de la misma, pues las dificultades presupuestales imponen una gestión gradual y progresiva, hasta que se logra la consecución de recursos que permitan indemnizar a más víctimas por año”.

Dichos argumentos los tuvo en cuenta la Corte Constitucional con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, al tumbar las órdenes de arresto y multas que se habían decretado contra la exdirectora de la UARIV.

Consideró el Alto Tribunal que el juzgado Civil “pasó por alto que el no pago inmediato de las medidas de reparación reconocidas a los solicitantes no era imputable a la negligencia de las funcionarias, sino a la situación coyuntural ocasionada por la violación masiva de derechos en el marco del conflicto”.

“La unidad de víctimas asignó turnos para el pago de las indemnizaciones administrativas a cada uno de los solicitantes y explicó que no era posible realizar el desembolso inmediato de los respectivos recursos, por cuanto era necesario establecer criterios de priorización que resultaran aplicables en cada caso y agotar el procedimiento previsto”, indicó la Corte.

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