Ecuador deportará a 1500 presos colombianos y señala que “no podrán volver más” a ese país
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa ordenó el inicio de trámites de deportación, para que los presos terminen de cumplir las condenas en sus países de origen
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El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, advirtió este martes que los presos que sean repatriados a Colombia, para que terminen de cumplir sus condenas en ese país, no podrán volver a Ecuador nunca más.
“No van a poder volver a entrar al Ecuador. Tienen prohibición de entrar al Ecuador para siempre. Ya no vamos a permitir tampoco que gente vaya a Colombia y después regresa a cometer los mismos crímenes. Ya se fue, ya no regresa“, subrayó.
Consultado por la televisión Ecuavisa, si el procedimiento consistirá en llevar en un autobús o en avión a los reos repatriados y dejarlos en la frontera, Noboa dijo: “Esa es la idea”.
Cifró en 1.500 los reos colombianos en cárceles ecuatorianas.
Sin entrar en detalles ni anunciar fechas de acciones, Noboa apuntó: “Estamos moviendo, pues de 100 en 100 hasta acabar con la totalidad”.
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Trámite para repatriación
El lunes, Noboa ordenó al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI), la agencia penitenciaria del Estado, que inicie los trámites para la repatriación de presos extranjeros, para que terminen de cumplir las condenas en sus países de origen.
A través de un decreto ejecutivo, Noboa dispuso que este trámite se sustente en la normativa vigente local e internacional, sea singularizado y que no se repatrien a colectivos.
El decreto ejecutivo 139 dispone que el SNAI “realice los procedimientos administrativos necesarios para la repatriación de personas extranjeras privadas de libertad por sentencia emitida en el Ecuador, a fin de que su sentencia sea ejecutada en el país de origen o nacionalidad”.
Dicho trámite debe observar “en todo momento lo previsto en la normativa constitucional y legal vigente, así como en los instrumentos internacionales aplicables”, se detalla en el decreto.
El decreto encargó la coordinación de las acciones necesarias a los ministerios de Relaciones Exteriores, de la Mujer y Derechos Humanos, del Interior y de Gobierno (Política).
Asimismo, estableció que “los procedimientos derivados de la ejecución del decreto serán adoptados respetando la normativa nacional e internacional en la materia”.