Gobierno había pedido a la Corte tumbar decreto sobre subsidio a servicios públicos
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El Gobierno nacional, en cabeza de la secretaria jurídica de la Presidencia, Clara María González, le había pedido a la Corte la declaratoria de inconstitucionalidad del decreto de emergencia (número 580) que otorga subsidio a las tarifas del acueducto, alcantarillado y aseo.
Mediante un documento enviado a la Corte el pasado 2 de junio, la secretaria jurídica de la Presidencia reconoció que el decreto carecía de las firmas del ministro de Salud, Fernando Ruiz y de la ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, Mabel Gisela Torres.
Precisamente, por falta de esas firmas, este jueves la Corte Constitucional tumbó el citado decreto en una decisión que tomaron por unanimidad los nueve magistrados en sala plena.
El Decreto 580 que fue expedido por la emergencia por el coronavirus otorgaba un subsidio sobre la tarifa de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los estratos 1, 2, y 3 hasta el 31 de diciembre.
El objetivo del decreto que el mismo Gobierno pidió tumbar era garantizar la prestación de los servicios públicos a toda la población y sobre todo a quienes han resultado especialmente afectados con la crisis provocada por el coronavirus.
La Corte declaró inconstitucional el decreto tras encontrar que no fue firmado por todos los ministros del despacho, tal y como obliga la Constitución en el Artículo 215.
“A juicio de la sala plena el mandato constitucional referente a que los ministros suscriban los decretos legislativos que se expiden en virtud del estado de emergencia económica, social y ecológica, constituye una condición indispensable de validez de dichas normas, en la medida en que con este se garantiza el principio democrático, durante el estado de excepción, pues se contrarresta el déficit de deliberación y se limita la facultad discrecional del presidente”, señaló la Corte Constitucional.
La ponencia en este caso estuvo a cargo del magistrado, Luis Guillermo Guerrero.