Gobierno avala apertura total a partir de este 1 de junio
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El Gobierno mediante el Decreto 580, que regirá del 1 de junio al 1 de septiembre, emitió nuevas medidas para regular la fase de aislamiento selectivo, distanciamiento individual responsable y reactivación económica segura, que regirá en el país, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del COVID-19.
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Entre las medidas se encuentran:
- Distanciamiento individual responsable
Todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad y de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio.
- Medidas para la reactivación progresiva de las actividades económicas, sociales y del Estado
Para el desarrollo de todas las actividades económicas, sociales y del Estado, el Ministerio de Salud y Protección Social, en los próximos días expedirá los criterios y condiciones que permitan el desarrollo de estas actividades, de acuerdo con las condiciones epidemiológicas, disponibilidad del servicio de salud del territorio y el avance en la ejecución del Plan Nacional de Vacunación.
- Aislamiento selectivo en municipios con ocupación de UCI superior al 85 % por causa del COVID -19.
Únicamente los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo -UCI- superior al 85 %, previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán restringir algunas actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia ocasionada por el COVID 19.
En ningún municipio del territorio nacional con ocupación de UCI superior al 85 %, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas; y discotecas o lugares de baile.
Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica, y parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula.
“Para municipios y distritos que tengan ocupación por debajo del 85 % no procede ninguna medida de orden público que restringa actividades de la vida social, económica y de reactivación económica”, afirmó el ministro del Interior, Daniel Palacios.
- Alternativas de Organización Laboral.
Durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del COVID-19, las entidades del sector público y privado para el cumplimiento de sus funciones podrán establecer las modalidades como el teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa u otras similares de acuerdo con sus necesidades.
- Cierre de Fronteras.
Cerrar los pasos, terrestres y fluviales de frontera con la República Bolivariana de Venezuela, a partir de las 00:00 a. m. del 1 de junio de 2021, hasta las 00:00 a. m. del día 1 de septiembre de 2021.