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Economía

Corte Constitucional fija posición sobre tarifa del 1% del impuesto del patrimonio

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Corte Constitucional fija posición sobre tarifa del 1% del impuesto del patrimonio

La Corte Constitucional se abstuvo para pronunciarse de fondo en relación a una supuesta violación al derecho a la propiedad privada.

Esto, ante la tarifa del 1% del impuesto al patrimonio, por ineptitud de la demanda.

Así mismo, por considerar que lo resuelto en la Sentencia C-521 de 2019, en la cual se declaró constitucional la mencionada tarifa.

Según la Corte Constitucional, las demandas de inconstitucionalidad “no proceden”, además, “no cumplió con las exigencias de certeza, de pertinencia, suficiencia y especificidad”.

Puntualmente la alto tribunal señala que tampoco se logró mostrar una “posición objetiva, verificable y concreta” sobre la tarifa del 1% del impuesto al patrimonio.

El impuesto al patrimonio es un impuesto de carácter directo cuya tarifa del 1 % implementa el principio de equidad horizontal, por cuanto todos los sujetos pasivos tienen la misma capacidad económica y están sometidos al mismo porcentaje de tributación”, detalló la Corte Constitucional.

La alta corporación judicial determinó que el demandante no cumplió las exigencias para desvirtuar la cosa juzgada en los términos en que se ha sido exigido por la jurisprudencia constitucional.

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