¿Tiene un ciclomotor?: estas son las nuevas restricciones para Bogotá
Los ciclomotores no pueden circular por andenes, ciclorrutas o ciclovías en el país
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La Secretaría de Movilidad expidió este lunes una resolución que prohíbe la circulación de ciclomotores con cilindraje no superior a 50 cm³ por andenes, ciclorrutas, ciclovías y calzadas exclusivas del transporte público.
Además, los conductores de bicicletas con motor y motos eléctricas tendrán que portar casco, placa y licencia de conducción.
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A partir de mañana empezarán los controles, quienes violen estás disposiciones se exponen a multas que van desde los $522.900 hasta el millón de pesos, así como la inmovilización del vehículo.
Los automotores cobijados con la nueva disposición son: motociclos, ciclomotores o moped: vehículos de dos ruedas, con motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a los 50 cm³ y aquellos eléctricos de potencia nominal superior a 4 kW.