Carros híbridos no estarán exentos en el día sin carro y sin moto
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La Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 388 del 19 de septiembre de 2022, con el que informa de las diferentes medidas que se adoptarán el Día sin carro y sin moto, el próximo jueves 22 de septiembre.
Esta iniciativa, afirma la Alcaldía, es para “incentivar la equidad en el espacio público, la transformación cultural, hacia la movilidad sostenible y proteger la calidad del aire”.
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Igualmente, resalta que la prohibición de la circulación de vehículos automotores y motocicletas de la ciudad de Bogotá el día 22 de septiembre será “en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y 9:00 p.m.”
En el comunicado, especifican que tipo de vehículo sí pueden transitar y aclaró que los híbridos (que tienen motor de combustión interna y motor eléctrico) no pueden salir el día sin carro ni moto.
Los vehículos que son la excepción:
- Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
- Vehículos de emergencia.
- Transporte escolar.
- Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
- Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
- Carrozas fúnebres.
- Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
- Vehículos de transporte de valores.
- Transporte público.
- Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Caravana presidencial.
- Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de organismos de Seguridad del Estado.
- Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
- Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
- Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
- Transporte para el control de emisiones y vertimientos.