Corte reconoce el pago de la mesada 14 a un hombre que fue pensionado con 13 mesadas
El ciudadano presentó una demanda pues aunque recibía un monto superior con la pensión que le otorgó Colpensiones, su antiguo empleador había dejado de pagarle la mesada 14
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En el año 2005, el Acto Legislativo 01 sobre la reforma pensional, aprobado durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, prohibió el pago de 14 mesadas para los pensionados disponiendo lo siguiente:
“Las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente Acto Legislativo no podrán recibir más de trece (13) mesadas pensionales al año”.
La mesada 14, o mesada adicional para pensionados, había sido creada con el artículo 142 de la Ley 1000 de 1993. Pero la reforma pensional de 2005 eliminó el beneficio.
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Una Sala de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia acaba de condenar al Banco Itaú Corpbanca para que le pague, de manera vitalicia, la mesada 14 a un ciudadano que fue pensionado por Colpensiones con 13 mesadas.
El hombre trabajó entre 1973 y el año 2000 con el Banco Santander, hoy Corpbanca. En dicho año el banco le reconoció una ‘pensión de jubilación voluntaria y temporal’ con 14 mesadas, con el compromiso que le pagaría la pensión hasta que el Instituto de Seguros Sociales lo pensionara formalmente por vejez.
Colpensiones le otorgó la pensión de vejez al hombre en el año 2014, pero sólo con 13 mesadas. El ciudadano presentó una demanda reclamando el pago de su mesada 14, pues aunque recibía un monto superior con la pensión que le otorgó Colpensiones, su antiguo empleador había dejado de pagarle la mesada 14.