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Corte no ordenó consultas previas para los proyectos ubicados en la ‘línea negra’ de la Sierra Nevada

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La Sala Plena de la Corte Constitucional no ordenó la realización de consultas previas para aproximadamente 395 proyectos mineros que se sitúan en territorios de la llamada ‘línea negra’, territorio ancestral que fue delimitado por el gobierno en el año 2018 y que comprende a cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.

Desde hace cinco años gobernadores de los pueblos indígenas Kogui, Arhuaco, Kankuano y Wiwa presentaron tutelas que pedían la realización de consultas previas para la protección de sus territorios.

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Aunque la Corte Constitucional ordenó que se garantizara el derecho a la participación de las comunidades, a través de una instancia que se conoce como “Mesa de seguimiento y coordinación”, estableció que dicha mesa “no se podrá ocupar de temas de planeación y ambientales cuyas competencias estén atribuidas a otras autoridades nacionales y territoriales, ni tampoco puede involucrar las consultas previas que se hagan necesarias”.

Esa mesa tendrá un plazo de nueve meses para determinar en cuáles proyectos mineros procede la consulta previa.

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El fallo contó con votos de siete magistrados y los salvamentos de voto de las magistradas Diana Fajardo y Karena Caselles.

Fajardo cuestionó que la Corte anuncie la protección del derecho a la participación “pero de manera implícita les niega el amparo a la consulta y al consentimiento previo”.

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El fallo de la Corte también le ordena a la Presidencia de la República, al Ministerio del Interior y al Agustín Codazzi que a más tardar en un año “finalicen el proceso de cartografía que detalle la localización geográfica de la línea negra”.

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