Corte Constitucional tumba artículo de la tributaria sobre los créditos del Icetex
El artículo que se cayó establecía que las universidades o IES debían asumir el pago de los intereses, que estuvieran por encima del Índice de Precios al Consumidor
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La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el artículo 95 de la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, que creaba una contribución económica que debían asumir las Instituciones de Educación Superior -IES-.
El artículo que se cayó establecía que las universidades o IES debían asumir el pago de los intereses, que estuvieran por encima del Índice de Precios al Consumidor -IPC-, de los créditos educativos suscritos por cada uno de sus estudiantes con el Icetex.
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La Corte, con ponencia del magistrado Jorge Ibáñez, tumbó dicha contribución porque no cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible; es decir, porque el artículo no se debatió ni se aprobó en las comisiones constitucionales permanentes en asuntos económicos, pues su trámite se dio en las plenarias de Cámara y Senado.
Durante el estudio que realizó la Corte, el Icetex le había pedido al alto tribunal modular su fallo durante tres años, permitiendo que la contribución se cobrara en ese tiempo.
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Pero la Corte no acogió esa solicitud y aclaró que dichos recursos se dejarán de cobrar a las universidades en lo sucesivo.
El fallo insta al Congreso de la República para que legisle sobre los créditos educativos con un enfoque diferencial sobre otras modalidades de crédito, para que el mercado financiero tenga en consideración las condiciones de cada estudiante.