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La multa que deberá pagar el administrador del Real Cartagena por “incumplir sus deberes”

El representante legal del club ‘Heroico’ reconoció dichas conductas por las que fue sancionado y “se allanó a los cargos formulados en su contra

La multa que deberá pagar el administrador del Real Cartagena por “incumplir sus deberes”
Foto: Tomada de Dimayor

La Superintendencia de Sociedades determinó este jueves que el representante legal del Real Cartagena, Renato Ricardo Damiani Simmonds, deberá pagar una multa de más de 30 millones de pesos ($30.115.250) por la “por la infracción de sus deberes como administrador”.

Según puntualizó el ente supervisor, el administrador del club ‘Heroico’ incurrió en conductas que derivaron en inconsistencias financieras entre los periodos comparativos de los años 2021 y 2022.

“Lo anterior por cuanto, de un lado, reconoció como un activo intangible el concepto de derechos de afiliación cuya partida corresponde a 42,21% del total de activos de la sociedad con corte a 31 de diciembre de 2022 y, del otro, incorporó en su contabilidad un inmueble cuya titularidad se encuentra en cabeza de un tercero, es decir, efectuó un registro que no corresponde con la realidad, dado que dicho activo no es de su propiedad., detalló Supersociedades en su comunicación escrita.

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Pese a que el organismo recordó que Real Cartagena, que está en proceso de reorganización, puede participar en las competencias profesionales de la Dimayor (en este caso, la segunda división del Fútbol Profesional Colombiano) al poseer los “derechos de afiliación”, dicha concesión “no le otorga el derecho de reconocer en la contabilidad una partida con esta denominación” porque “no ha cancelado suma alguna por este concepto a la Dimayor”.

Damiani Simmonds reconoció dichas conductas por las que fue sancionado y “se allanó a los cargos formulados en su contra, circunstancia que se tuvo en cuenta en la graduación de la sanción”, indicó la Supersociedades.

“La irregularidad contable debe concebirse como la desviación de la verdad en el reconocimiento, medición o valuación, registro contable y revelación necesaria en las notas contables de los hechos económicos, al igual que en los estados financieros, bien sea por desconocimiento y/o inaplicación de lo establecido en las normas vigentes. De modo que, los administradores de las sociedades, se encuentran en la obligación de observar y velar por el estricto cumplimiento de las normas que, en materia contable y financiera, resulten aplicables a sus representadas.”, dijo al respecto el superintendente de Sociedades, Billy Escobar.

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