¿Álvaro Uribe puede seguir legislando mientras avanza su investigación?
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Así lo dio a conocer este lunes la Corte Suprema de Justicia a través del documento que emitió sobre el caso del expresidente y senador Álvaro Uribe Vélez.
En el fallo, la Corte ordenó la detención domiciliaria pero no la suspensión de su cargo porque determinó que no era necesario.
‘’Por lo argumentado, la Sala sustituirá la detención preventiva por la detención domiciliaria, de manera que el senador Uribe Vélez cumplirá la privación de la libertad en el lugar que señale para dicho efecto. Ello, sin que resulte necesario solicitar de forma previa la suspensión en el ejercicio del cargo, por cuanto en el inciso final del artículo 359 de la Ley 600 de 2000, se prevé la posibilidad de prescindirse de esta formalidad, pues no se advierte entorpecimiento de la buena marcha de la administración’’, indica una parte de la providencia.
La decisión de su detención fue tomada el pasado martes 4 de agosto por la Sala de Instrucción de la Corte tras dos días de sesión virtual.
En la definición de la situación jurídica del expresidente participaron cinco de los seis integrantes de la Sala de Instrucción, tras la recusación y separación del caso de la magistrada Cristina Lombana.