Uno | La Corte Suprema de Justicia hace precisiones sobre los abusos sexuales y el sadomasoquismo
La Corte confirmó una condena de 17 años de prisión contra un hombre que abusó sexualmente de su pareja, con quien sostuvo una relación
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La Corte Suprema de Justicia confirmó una condena de 17 años de prisión contra un hombre que abusó sexualmente de su pareja, con quien sostuvo una relación sentimental durante once meses.
El día en que ocurrieron los hechos, el 30 de septiembre de 2014, el hombre agredió a la mujer, después de una ruptura, con puños y bofetadas, y después del atropello, la violentó sexualmente.
El hombre presentó una demanda, con la que pretendía ser absuelto, alegando que mantenía habitualmente relaciones sexuales violentas con su pareja, pues practicaban el sadomasoquismo, que es una manera de ejercer la violencia para sentir excitación.
Aunque el hombre alegó que habían sostenido relaciones consentidas «en la forma agresiva y violenta, como era su costumbre», la Corte no acogió sus argumentos destacando lo siguiente: «Una cosa es acceder ante el dolor por placer y otra muy diferente, sufrir mientras se lleva a cabo un acto frente al cual no se ha prestado el consentimiento».
La Corte determinó que «las lesiones encontradas en el cuerpo, el rostro y la boca de la víctima no fueron producto de una relación sexual sadomasoquista consentida, sino de la agresión física que sufrió durante la relación sexual contra su voluntad».
En el expediente no quedó probado que la mujer tuviera por costumbre las prácticas sadomasoquistas o que admitiera ser golpeada para obtener placer sexual. Dice la Corte que «el hecho de estar en una relación no exime a los hombres de ser procesados por los abusos sexuales que cometan contra sus parejas».