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Uno, Dos, Tres

Tres | Una demanda pretende tumbar los beneficios para las organizaciones de economía popular o informal

Los artículos también le dan potestad al Gobierno para reglamentar la contratación estatal con las llamadas asociaciones de iniciativa público-popular

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La Corte Constitucional acaba de admitir una demanda contra dos artículos del Plan de Desarrollo que les otorgan beneficios contractuales a las organizaciones que formen parte de la llamada economía popular.

La demanda pide tumbar los artículos 100 y 101 del plan, que incluyen disposiciones como la autorización de la contratación directa, hasta por montos de mínima cuantía, con ONG o personas naturales que formen parte de «la economía popular y comunitaria».

Los artículos también le dan potestad al Gobierno para reglamentar la contratación estatal con las llamadas asociaciones de iniciativa público-popular.

El Plan de Desarrollo les permite a dichas asociaciones celebrar contratos públicos para ejecutar «proyectos de infraestructura vial, educativa, medioambiente, agrícola, pesca y pecuaria, y de servicios públicos».

Advierten los demandantes que el Gobierno «adolece de potestades para establecer el régimen de contratación pública aplicable a un sinnúmero no precisado de sujetos, así como para definir las capacidades y los requisitos y condiciones para contratar a dichos sujetos».

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