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Uno, Dos, Tres

Ñapa | Atención, señores gerentes: fallo de la Corte Suprema sobre la mala administración de las empresas

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Los gerentes se pueden equivocar, ¡lo que no pueden es robar!

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo una serie de precisiones sobre la responsabilidad penal de los gerentes o administradores de empresas que toman malas decisiones. La Corte Suprema advirtió hoy que los administradores que son negligentes, incompetentes o ligeros en sus gestiones, no están cometiendo delitos y que un empresario no debe pagar cárcel por el simple hecho de adoptar una mala decisión.

Dice la Corte textualmente lo siguiente: «El derecho penal, al ser el último recurso, sanciona la administración desleal, es decir, el fraude y el abuso, no la mala administración».

El Código Penal Colombiano castiga con penas de entre cuatro y ocho años de prisión la administración desleal, es decir, aquel delito que cometen quienes, en abuso de sus cargos, disponen fraudulentamente de los bienes de una sociedad o contraen deudas y obligaciones en desmedro de la empresa.

La Corte precisa que «las actuaciones que son simplemente negligentes, culposas o con ligereza no son delictivas, ni tampoco la mala gestión social, la incompetencia o los negocios de riesgo realizados dentro de las funciones del cargo».

El pronunciamiento lo hizo la Corte al absolver a un empresario del negocio de los empaques de plástico, que gerenció una sociedad con desorden, sin contador público, sin estados confiables y en la que todo se salió de control financieramente. Por tanto desorden, el gerente fue despedido, pero cuando lo sacaron, ingresó a la fuerza y se apoderó de activos cercanos a los quinientos millones de pesos.

El pleito llegó a la Corte Suprema; este alto tribunal lo absolvió del delito de administración desleal y solo lo condenó por el robo que cometió tras su despido.

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