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Superindustria abre investigación a Rappi por cobrar sin entregar y por su popular sistema de “rappicréditos”

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió una orden administrativa contra Rappi S.A.S para que cumpla con la normatividad de comercio electrónico.

Esta decisión se imparte tras analizar la naturaleza del modelo de negocio de la sociedad en mención, donde se concluyó que esta funge como proveedor o expendedor de bienes y servicios a través de plataformas de correo electrónico y supera el alcance de los portales de contacto, por lo que ahora debe cumplir con las disposiciones del Estatuto del Consumidor.

La Superindustria encontró que Rappi S.A.S. no solo cumple con la función de contactar a ‘Rappitenderos’, consumidores y aliados comerciales, sino que hace parte de la cadena de comercialización, así sea de manera indirecta, de los bienes y servicios que ofrece a través de su plataforma.

“Toda vez que hemos recibido un número elevado de quejas, demandas e insatisfacción de los ciudadanos que al final del día son consumidores. En ese sentido, entonces le hemos emitido esta decisión con el fin de que Rappi pueda demostrar, una vez notificado de esta decisión, qué medidas están tomando para satisfacer”, explicó Andrés Barreto, superintendente. 

Según la investigación de la entidad, Rappi S.A.S habría incurrido en la violación de las siguientes normas:

  • Suministra la herramienta tecnológica para la materialización de relaciones de consumo.
  • Obtiene un porcentaje de los valores transados a través de sus plataformas.
  • Participa en la realización del pago.
  • Emite publicidad.
  • Realiza promociones y ofertas.
  • Asume mediante los canales chat rappitendero y soportes el diálogo con el consumidor; siendo además la única cara visible frente al consumidor.
  • Determina la procedencia de la garantía de los precios.
  • Actúa ante la SIC como sujeto pasivo en las demandas interpuestas en ejercicio de la acción de protección al consumidor y como investigado en las actuaciones administrativas.
  • Asume la responsabilidad en el trámite de la reversión del pago.

De otra parte, la Superindustria evaluó el documento de “términos y condiciones de uso” de la plataforma por parte de los consumidores y determinó que algunas disposiciones podrían vulnerar las normas del Estatuto del Consumidor al:

  • Limitar la responsabilidad del proveedor respecto de las obligaciones que por ley le corresponden.
  • Involucrar la renuncia de derechos del consumidor.
  • Presumir la manifestación de voluntad del consumidor.
  • Restringir la posibilidad de hacer efectivas las garantías y la entrega de vueltas exactas.

A partir de lo anterior, se ordenó a Rappi S.A.S., ajustar las cláusulas del documento en mención en aras de proteger los derechos de los consumidores.

“En ese sentido le hemos ordenado varias cosas, la primera que tiene que incluir en sus correos electrónicos, en la plataforma, en la aplicación, un enlace a la Superintendencia de Industria y Comercio para que las personas puedan presentar peticiones, quejas y reclamos; el segundo tiene que responder por las vueltas de las personas y no las puede acreditar en créditos como ellos mismos le llaman y lo tercero, la calidad y la satisfacción de los bienes que ofertan, tienen que venir también en los precios exactos y totales que va a pagar un consumidor”, aseguró el Barreto. 

En caso de encontrarse probados los cargos imputados, se podrían imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos legales vigentes. Contra el acto administrativo de formulación de cargos ”no procede recurso alguno”.

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