Gobierno expide decreto que reglamenta las 16 curules de paz
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Con este decreto, el Gobierno nacional define quiénes podrán aspirar a estas curules, las prohibiciones, sanciones por incumplimiento de reglas y requisitos. Así como los mecanismos de garantías, transparencia y seguridad para el correcto desarrollo del proceso electoral.
Además señala que, por razones de orden público, el presidente de la República podrá suspender la elección en cualquiera de los 16 territorios donde se llevarán a cabo estas elecciones.
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Definición de víctimas
“Se consideran víctimas aquellas personas que individual -y únicamente hasta el tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad-o colectivamente hayan sufrido un daño”.
“La respectiva curul se asignará al candidato de la lista con mayor cantidad de votos”.
Prohibiciones
“Los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado”.
“Quienes hayan sido candidatos, elegidos o no, a cargos públicos con el aval de partidos o movimientos políticos”.
El decreto especifica que la Registraduría será la encargada del manejo y orden del gasto para la realización de estas elecciones.