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Nacional

Ratifican condena al fiscal Gustavo Orozco por caso de la Unimetro de Barranquilla

El entonces fiscal de Barranquilla fue condenado por el delito de prevaricato por omisión en el proceso judicial de la Universidad Metropolitana

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Ratifican condena al fiscal Gustavo Orozco por caso de caso de la Unimetro de Barranquilla
Foto:Google maps

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la sentencia contra el abogado Gustavo Adolfo Orozco Pertuz por el delito de prevaricato por omisión. En el momento de los hechos, Orozco Pertuz se desempeñaba como fiscal en la ciudad de Barranquilla, Atlántico.

La investigación reveló que el caso relacionado con presuntas irregularidades en la administración de bienes de la Fundación Acosta Bendek, el Hospital Universitario Metropolitano de Barranquilla y la Universidad Metropolitana de Barranquilla fue transferido a Bogotá. Sin embargo, el fiscal Orozco Pertuz retrasó injustificadamente el cumplimiento de esta orden por más de tres meses, a pesar de haber sido emitida por el fiscal general en febrero de 2018.

Según la Sala, al evitar deliberadamente cumplir con la orden del fiscal bajo el pretexto de supuestas irregularidades, el condenado se arrogó de manera arbitraria la facultad de ejercer un control difuso de legalidad sobre la Resolución 00180 de 2018. En ese momento, la resolución tenía plena validez jurídica, ya que no había sido anulada por control jurisdiccional.

La sentencia indica que Orozco Pertuz no tenía competencia para declarar la ilegalidad de la resolución y, por tanto, no podía evitar su cumplimiento. Existían procedimientos legales adecuados para abordar cualquier objeción que tuviera.

Aunque la orden de trasladar las investigaciones a Bogotá no especificaba un plazo para su ejecución, esto no autorizaba al condenado a posponer indefinidamente la entrega del expediente. De hecho, hay evidencia de que el propio fiscal Orozco Pertuz interpretó que debía entregar el caso de inmediato. Cuatro días después de ser notificado, manifestó que, debido al volumen del expediente y a la carga de trabajo de su despacho, necesitaba algunos días adicionales para completar la entrega.

“Lo expuesto, pone de relieve que la única interpretación que se ofrecía adecuada y coherente con los mandatos constitucionales, dadas las incidencias fácticas y jurídicas de la Resolución cuestionada por el procesado, es que se trataba de una orden de cumplimiento inmediato, como acertadamente lo comprendió el Tribunal”, se lee en la decisión.

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