Licencia de maternidad debe cobijar a hombres trans y personas no binarias, dice procuradora
Cabello hizo una objeción a un artículo sobre esta licencia, establecidad en Código Sustantivo de Trabajo
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La procuradora General, Margarita Cabello aseguró que las licencias de maternidad, establecidas en el Código Sustantivo de Trabajo, deben cobijar por igual a las mujeres, como los hombres trans y los individuos de género no binario.
A través de un concepto enviado a la Corte Constitucional, Cabello indicó que el Código, al regular el artículo 236 ‘la licencia en la época del parto e incentivos para la adecuada atención y cuidado del recién nacido’’, lo hizo “sobre un modelo de familia tradicional”, algo que “puede derivar en escenarios de discriminación“.
“No hay duda de que el lenguaje utilizado en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo restringe el acceso a los beneficios de la seguridad social de los individuos con capacidad de gestación que no se identifican como mujeres, incurriendo en una discriminación por razones de sexo que vulnera el principio de igualdad contenido en nuestra Constitución”, puntualizó en su concepto.
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En ese sentido, subrayó que el lenguaje en el que se modificó la norma “solo ampara a las personas que se identifican como mujeres” y excluye a las personas trans y a los que se identifican como no binarios: los primeros, cuyo sexo asignado al nacer es femenino pero su identidad de género es masculino; y los segundos, que son aquellos que no se identifican como mujeres o como hombres.
Dice la jefe del Ministerio Público que aquello desconoce el deber impuesto al Congreso, de “garantizar el derecho a la seguridad social a todos los habitantes del territorio nacional”