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Nacional

Por primera vez, fallo del Tribunal de Tierras ordena a la JEP buscar desaparecidos en Meta

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Una batalla legal de 16 años por la tenencia de un predio ubicado en el municipio de San Carlos de Guaroa, en el departamento del Meta acaba de llegar a su fin tras la decisión que tomó el Tribunal de Tierras de Bogotá. Fue en el año 2002 que comenzó una serie de situaciones difíciles para la familia Cruz Castro, a quienes este viernes el Estado deberá restituirles el predio denominado “Santa Lucía”.

La historia de esta familia comienza en 1922 cuando Sinai Cruz, llegó al departamento del Meta, participando en la fundación de lo que hoy se conoce como el municipio de Acacias. En 1965 arribó al caserío “Guaroa” (en la actualidad municipio de San Carlos de Guaroa)  haciéndose a la propiedad de un bien que denominó “Santa Lucía”.

Desde 1965 la familia Cruz Castro adelantó actividades de explotación, ganadería y cultivos varios (arroz, plátano, yuca, patilla, sorgo, árboles frutales y maderables), además el lugar se destinó para vivienda; pero en 1998, a raíz de la enfermedad de la compañera sentimental de Sinai Cruz, este se vio en la obligación de delegar la administración del predio “Santa Lucía”, a José Antonio Cruz Castro, quien asumió tal tarea desde el año 2001, después de la muerte de su madre, razón por la que viajaba constantemente del predio al municipio de Acacías, lugar de residencia permanente de la familia.

No obstante, la actividad de José Antonio como administrador del bien se vio frecuente y seriamente entorpecida por la llegada a la región de las empresas de palma de aceite y autodefensas. Según se narró en la sentencia para el año 2002 y en razón de la actividad de explotación de los monocultivos de palma que se establecieron en colindancia del predio “Santa Lucía”, “José Antonio tuvo un altercado con representantes y trabajadores de una empresa asentada en terreno vecino, a causa de la obstrucción de la vía que comunicaba el costado occidental del bien con la carretera principal entre Acacías y San Carlos de Guaroa”.

Con posterioridad a la referida discusión, y por la vehemencia de las reclamaciones de José Antonio, “este fue objeto de presiones y hostigamientos de hombres en motocicleta”. Fue así que para el mes de julio de 2002, José Antonio tuvo conocimiento de la pérdida de un semoviente por lo que, salió de Acacías con destino a la finca Santa Lucía a indagar lo ocurrido y entablar la denuncia, “tomando el transporte intermunicipal de las ocho de la mañana que se dirigía a San Carlos de Guaroa, para ser avistado una última vez por vecinos del sector, ese mismo día, cuando subía de parrillero a una motocicleta avistándose”.

Desde entonces, su familia no conoce de su paradero, lo que además trajo como consecuencia un primer desplazamiento, “forzando la desatención de los negocios y la actividad ganadera que adelantaban los reclamantes sobre el predio”.

Cuatro años después intentaron volver a su predio

Pese a que llevaban cuatro años sin saber sobre el paradero de José Antonio, para el año 2006 la familia decidió regresar a establecerse en el inmueble “Santa Lucía”, viendo frustrado el intento por el inicio de lo que dieron en calificar como “despojo institucional”, originado por parte de la Alcaldía Municipal de San Carlos de Guaroa que concluyó con el trámite de expropiación del predio, con el objetivo de destinar el terreno para el montaje de una planta procesadora de residuos sólidos; pero en realidad se utilizó para establecer un botadero de basuras a cielo abierto.

Dos años después y para el mes de mayo, las empresas palmicultoras cercanas al predio Santa Lucía ocuparon una vía pública de acceso por el costado oriental de la finca, sin embargo a raíz de la queja radicada por la familia Cruz Castro “fueron objeto de presiones y hostigamientos para que desistieran de dicho trámite”.

A la desaparición de José Antonio Cruz, se sumó también otro calvario para la familia Cruz Castro, “la expropiación administrativa de la que fuera objeto el predio por la administración municipal” cuyo fin según se lee en el fallo, fue para usar el terreno “para el depósito de basuras a cielo abierto”.

Sumado lo anterior a las constantes amenazas y presiones para impedir que los Cruz Castro ejercieran su derecho de propiedad, “condujeron a la pérdida del control directo sobre el inmueble, y en 2011 la propiedad pasó a manos de Rómulo Molina, un supuesto tenedor de buena fe en el ejercicio de la posesión”.

Todo este proceso lleno de batallas jurídicas y amenazas, llevó a la familia a acudir a las instancias judiciales para solicitar que le ayudaran a recuperar sus predios.

Precisamente el Tribunal de Tierras de Bogotá, falló a favor de la familia acogiendo también la petición de la Procuraduría General de la Nación, quién señaló que el predio debía ser restituido pues según las pruebas recaudadas se evidencia la “mala fe del opositor” en este caso Rómulo Molina, así como las malas decisiones adoptadas por San Carlos de Guaroa, Cormacarena y EDESA S.A. E.S.P.

Argumentos del tribunal

En el fallo de 99 de páginas, el tribunal hizo todo un recuento del contexto histórico del departamento del Meta, narrando como aparecieron las Farc, las AUC, las ACC, el Erpac y demás organizaciones criminales en esa región del país.

Con base en todo ese contexto de violencia, la corporación judicial, resaltó que, “la situación de Derechos Humanos en el Meta ha estado ligada a la presencia y accionar de grupos armados irregulares, Farc y paramilitares, entre los que se encontraban las Autodefensas del Meta y Vichada (AMV), Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC) y el Bloque Centauros de las AUC” pues históricamente, el municipio de San Carlos de Guaroa ha sido escenario de tránsito de estupefacientes y materia prima con destino a Villavicencio, Puerto López y San Martín.

Bajo esas consideraciones señaló que en el caso en concreto se estaba ante “víctimas de desplazamiento”, teniendo en cuenta que primero debieron sufrir “la desaparición forzada de José Antonio Cruz Castro, ocurrida el 16 de julio de 2002, y luego por presiones, hostigamientos y amenazas de presuntos integrantes de grupos armados irregulares en inmediaciones del predio, eventos que forzaron la desatención de la heredad, posibilitando el despojo administrativo materializado en la expropiación que adelantara la administración municipal de San Carlos de Guaroa para la destinación de una parte del terreno a la operación de un botadero de basuras a cielo abierto desde el año 2007”.

Agrega la sentencia que precisamente para el año 2002, “coexistían con la población estructuras armadas ilegales vinculadas al paramilitarismo”, por lo que si bien los perpetradores no dejaron un rastro o tan siquiera comunicación alguna que permitiera a sus familiares inferir qué grupo armado había materializado el delito, “si le permite a esta judicatura subsumir este evento en el contexto mismo que generaba la violencia en esa zona para esa época precisa, pues como se ha dicho a lo largo de este acápite, José Antonio Cruz ejercía un liderazgo notorio en la vereda, rechazando enérgicamente los cerramientos de la vía y las acciones de los monocultivos colindantes al predio “Santa Lucía”, tornándole su actividad como blanco de los grupos que allí operaban, determinando así su desaparición”.

“La desaparición forzada de José Antonio Cruz ocurrida en el año 2002 presenta las características particulares de un crimen de silencio, particularmente por el liderazgo que ejercía en inmediaciones de la finca “Santa Lucía” y por ello mismo no es quimérico aludir que este mismo hecho lo marcó como objetivo de los grupos que se disputaban el territorio para ese periodo. La desaparición de José Antonio Cruz fue un hecho reconocido en el marco del conflicto armado. La familia Cruz Castro sufrió un daño como consecuencia de infracciones al DIDH y DIH ocurridas en el marco del conflicto armado interno por la desaparición forzada de José Antonio Cruz Castro el 16 de julio de 2002”, agregó.

De ahí que se ordenara al Estado devolver el predio a esa familia, al recordar que los Cruz Castro se vieron en “la obligación de abandonar sus actividades económicas habituales, en razón que sus vidas, integridad física, seguridad o libertad personales resultaron vulneradas y directamente amenazadas”.

También se ordenó a la Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría investigar si hubo actuaciones irregulares por parte de las autoridades municipales de San Carlos de Guaroa, toda vez que “se comprometieron recursos públicos de la entidad territorial cuando la primera autoridad del municipio, aparentemente, se encontraba vinculado a la empresa contratista”.

Finalmente se solicitó a la Comisión de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas de la Justicia Especial para la Paz (JEP) y la Fiscalía General de la Nación, que reanuden la búsqueda de José Antonio Cruz Castro, víctima de desaparición forzada.

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