Ad
Ad
Ad
Ad
Nacional

Piden investigar presuntas pensiones irregulares de extrabajadores de Electricaribe

Ad
Piden investigar presuntas pensiones irregulares de extrabajadores de Electricaribe
Foto tomada de: corteconstitucional.gov
22/11/2017

Al fallar una tutela la Corte Constitucional hizo un fuerte llamado de atención a los jueces del país por acceder a otorgar pensiones a extrabajadores que no cumplan los requisitos para ello o que ya cuenten con un régimen pensional distinto al reclamado.

Indicó el alto tribunal que es deber de los jueces estudiar detalladamente las acciones de tutela que se presentan y analizar si en efecto estas no son temerarias y no van en contra vía de la administración judicial.

El pronunciamiento se hizo al fallar a favor de la empresa Electricaribe, quien en su momento reconoció a todos los tutelantes una pensión convencional en la medida en que éstos habían trabajado para la entidad por más de 20 años.

No obstante, los extrabajadores pedían que sus mesadas fueran reajustadas de acuerdo a lo dispuesto por la Convención Colectiva de Trabajo vigente para la época en la que se constituyó el derecho y que remitía a lo previsto en la Ley 4ª de 1976.

En dicha disposición, se reconocía un reajuste anual del 15 % para todas aquellas mesadas que no sobrepasaran los cinco salarios mínimos.

Indicó la Corte que tras analizar el caso se evidenció “una actitud temeraria que hace que la misma pierda vigencia en el ordenamiento constitucional”.

“De acuerdo a la pruebas aportadas por la empresa accionada, todos estos peticionarios no solo acudieron a una acción de tutela anterior (incluso en más de una ocasión) para dirimir el conflicto laboral sino que las incoaron bajo los mismos hechos, pretensiones y sin presentar un hecho nuevo que justificara su reiterada presentación”, agregó.

Afirmó el alto tribunal que resulta claro que las diversas acciones desplegadas por los demandantes buscaban “jugar con la eventualidad de encontrar, en algún despacho judicial, una interpretación judicial que resultara favorable a sus intereses”.

“Para la sala es reprochable que el juez de segunda instancia no haya reparado en este notorio hecho al momento de conceder la protección constitucional. El análisis superficial de dicho funcionario judicial llevó a una conclusión contraria a la realidad fáctica y jurídica del caso” añadió.

De ahí que hiciera un llamado de atención al juez y solicitara a la Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura investigar tanto al juez como al abogado de los extrabajadores al considerar que “ejercieron una conducta reprochable, en tanto era claro que conocían de antemano la existencia de otras tutelas presentadas por los mismos hechos y pretensiones, sin que variaran las partes demandante ni demandada”.

Paola Santofimio – CM&

Temas Relacionados:

Ad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News