IPS tendrán que reconocer intereses de mora por pago de salarios atrasados a su personal médico
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El Ministerio de Salud deberá reglamentar el mecanismo mediante el cual los hospitales tendrán que reconocer a los profesionales que les prestan sus servicios, intereses de mora, cuando no se les pague su salario a tiempo.
La decisión fue adoptada por el Consejo de Estado al confirmar un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual le ordenaba al Ministerio expedir la regulación que fue ordenada desde 2007 cuando se expidió una ley que así lo contempla.
Dicho Ministerio no había elaborado la regulación porque alegaba que no era de su competencia, sino que le correspondía al Ministerio de Trabajo por tratarse de un tema exclusivamente laboral.
Sin embargo, para el Consejo de Estado lo que contempla la Ley 1122 de 2007, que ordenó el reconocimiento de los intereses de mora, está relacionado con el funcionamiento del sistema de salud en general, por lo que el tema no podría ser de competencia del Ministerio de Trabajo.