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Investigan cuatro empresas de lácteos que estarían adulterando la leche con lactosuero

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Foto: Istock

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), formuló pliego de cargos a cuatro empresas de lácteos las cuales estarían adulterando la leche con lactosuero.

De acuerdo con la entidad, se trataría de las empresas: Gloria Colombia S.A.S.; Lactalis Colombia LTDA (PARMALAT); SABANALAC S.A.; y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lácteos LTDA (Hacienda San Mateo).

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La investigación se adelanta para determinar si habrían realizado presuntos actos de competencia desleal de engaño y violación de normas, al presuntamente adicionar lactosuero a la leche entera higienizada UAT.

Los hechos

La investigación se inició luego de que la SIC recibiera varias denuncias -algunas de ellas anónimas- por la adición de lactosuero a la leche entera higienizada UAT, comercializada por varias empresas productoras y comercializadoras del producto.

En el marco de la actuación administrativa esta autoridad evidenció que las empresas Gloria Colombia S.A.S.; Lactalis Colombia LTDA (PARMALAT); SABANALAC S.A.; y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lácteos LTDA (Hacienda San Mateo) presuntamente habrían adicionado lactosuero a la leche entera higienizada UAT comercializada desde el año 2020.

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Para acreditar la adición de lactosueros a la leche entera higienizada por parte las investigadas, la Superintendencia realizó, entre otras actuaciones, visitas de inspección en conjunto con el INVIMA en donde se tomaron distintas muestras que fueron analizadas por esa entidad.

Así, los resultados de las pruebas realizadas por el INVIMA demostraron la presencia de Lactosuerocaseinomacropétido (CMP) en algunas de las muestras analizadas en grandes cantidades en comparación con el valor promedio de 30 μg/ml (microgramos por mililitro), utilizado como referencia para la leche cruda (sin higienizar).

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De esta manera, la SIC presentó algunos de los resultados:

  • GLORIA COLOMBIA S.A.S.: Marca: Medalla de Oro. Lactosuero: 160,4 ΜG/ML
  • SABANALAC S.A.: Marca: De la Cuesta. Lactosuero: 150,6 MG/ ML
  • COMPAÑÍA PROCESADORA Y DISTRIBUIDORA DE LACTEOS LTDA: Marca: Alkosto. Lactosuero: 168,9 MG/ ML
  • LACTALIS COLOMBIA LTDA: Marca: Parmalat. Lactosuero: 126,1 MG/ ML

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Lo anterior demostraría que las empresas investigadas sí habrían adicionado lactosuero (CMP) al momento de producir la leche entera higienizada UAT que comercializan en el mercado.

Con estas conductas las investigadas estarían incurriendo en actos desleales de engaño (art. 11 Ley 256 de 1996) frente a los consumidores finales pues estarían vendiendo un producto que se publicita como leche, pero al que se le han adicionado grandes cantidades de lactosuero sin informar dicha circunstancia al consumidor.

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Adicionalmente, las empresas investigadas estarían incurriendo en actos desleales de violación de normas (art. 18 Ley 256 de 1996) por haber infringido las prohibiciones establecidas en el artículo 14.1 del Decreto 616 de 2006 y en el artículo 8 de la Resolución No. 2997 de 2007 del Ministerio de Salud y Protección Social, normas que prohíben en forma absoluta la adición de lactosueros a la leche en todas las etapas de la cadena productiva.

Finalmente, la SIC trasladará la decisión al INVIMA y al Ministerio de Salud para efectos de que ejerzan su competencia en esta materia en lo concerniente a la fijación de la línea base del límite de control superior de CMP en leche en Colombia, dada la relevancia que este punto de referencia tiene para el ejercicio adecuado de las actividades de inspección, vigilancia y control, así como para la adecuada protección de los consumidores de leche higienizada UAT en Colombia.

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De encontrarse probadas las conductas, la SIC podrá imponer multas hasta de 100.000 SMLMV por cada conducta, o incluso mayores de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 67 de la Ley 2195 de 2022.

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