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La infidelidad no disuelve la unión marital: Corte Suprema

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infidelidad no disuelve unión marital

Al revisar un fallo del Tribunal Superior de Cúcuta, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia señaló que la infidelidad por sí misma no pone fin a la comunidad de vida, a la unión marital, ni a la respectiva sociedad matrimonial.

De esta manera la Corte resolvió una demanda en la que los esposos se acusaron mutuamente de infidelidad, reclamando la extinción de los efectos patrimoniales a partir del momento en que cada uno inició una relación paralela.

‘’La unión marital no se destruye por el hecho de que un compañero le sea infiel a otro, pues lo cierto es que aquella, además de las otras circunstancias previstas en la ley, cuyo examen no viene al caso, solo se disuelve con la separación física y definitiva de los compañeros’’.

En este caso la Corte ordenó la liquidación de la sociedad patrimonial de bienes por las vías legales y garantizando los derechos de las partes.

‘’Y es que las afrentas a la lealtad marital, como ya se dijo, por sí mismas, no se ponen fin a la comunidad de vida (…), pues tal efecto solo se alcanzará cuando haya un cese definitivo de la cohabitación’’.

Dos de los seis magistrados de la Sala Civil se apartaron de la decisión y salvaron voto.

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