En firme eliminación de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura
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La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible el acto legislativo 02 de 2015 o Reforma de Equilibrio de Poderes, mediante la cual se reestructuraron varios órganos del poder judicial entre ellos el Consejo Superior de la Judicatura.
El alto tribunal determinó con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos que la reforma no presentó vicios de trámites.
Con esta decisión se deja en firme la norma que eliminó la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y en su lugar creó la Comisión de Disciplina Judicial, cuya función es la de ejercer jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial.
Según la norma dicha comisión estará conformada por siete magistrados, cuatro de los cuales serán elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura, y tres de los cuales serán elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por el presidente de la República, previa convocatoria pública reglada. Tendrán periodos personales de ocho años, y deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
No obstante, dicha conformación está en el limbo dado a que el Consejo de Estado anuló la conformación de las ternas al considerar que debe regularse en el Congreso de la República el trámite de convocatoria y selección.