Corte Suprema: hay violencia intrafamiliar cuando hijos presencian maltratos contra sus padres
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó, en una sentencia, que el delito de violencia intrafamiliar se configura cuando los hijos, menores de edad, son expuestos a la fuerza a presenciar los ultrajes o los maltratos entre sus padres.
La Corte advirtió que se presenta violencia psicológica contra los menores de edad cuando presencian, forzosamente, los ultrajes contra sus progenitores.
“El menor, al ser expuesto forzosamente por su padre para que observara directamente los ultrajes contra su progenitora, generó la concreción de un maltrato psicológico, no solo por el impacto inmediato que la escena tuvo en él y que se evidenció con el llanto y el reclamo al enjuiciado para que detuviera la afrenta, sino el mediato que, necesariamente, produce cualquier escena violenta que involucre o afecte a un miembro cercano de la familia como lo es una madre”, advirtió la Corte.
La decisión la adoptaron al ratificar la condena de 6 años de prisión contra un hombre que presionó a su hijo de seis años a ver cuando le pegaba una cachetada a su madre en un restaurante y le decía al menor «ahí está la puta de tu madre, mira la vagabunda esa… perra, hijueputa».