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Corte Suprema defiende derecho de padres transgénero a visitar sus hijos

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Corte Suprema defiende derecho de padres transgénero a visitar sus hijos

La condición de transgénero no es un inconveniente para que una persona ejerza su función de padre con todas las garantías que brinda la ley.

Así lo estableció la Corte Suprema de Justicia al estudiar el caso de una mamá que interpuso una tutela contra el juzgado que estableció un horario de visitas para el padre que reclamaba ver a su hijo, puesto que figura como tal en el registro civil de nacimiento.

La madre aseguró que esta persona no puede ser el padre porque biológicamente es una mujer y que las visitas permitidas podrían traer problemas psicológicos al niño.

El fallo de primera instancia del juez séptimo de Bogotá señaló que la condición de transgénero no constituye un impedimento para que se ejerza, en debida forma, el rol de padre, ni tampoco para que no pueda brindar a su hijo un ambiente de bienestar que garantice el goce efectivo de sus derechos, sin poner en riesgo su estabilidad física y emocional.

Dicha posición fue respaldada por la Sala Civil de la Corte Suprema al señalar que no puede desconocerse que el Estado social garantiza el derecho a conformar una familia sin importar la orientación sexual o identidad de género.

“La sentencia cuestionada no es caprichosa sino que es el fruto del estudio de las pruebas obrantes en el proceso, por lo que la decisión controvertida se soporta en argumentos razonables”, indicó el fallo del alto tribunal.

La Corte Suprema decidió negar la tutela a la madre y advirtió que el tema de la paternidad tendrá que ser resuelto en el proceso pertinente.

Nancy Torres Leal

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