Corte Constitucional tumba los cambios en los requisitos para ser fiscal general de la Nación
La Corte consideró que dicho cambio para que se permitiera experiencia con otra profesión, no jurídica, es inconstitucional
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La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de tumbar un parágrafo del artículo 67 de la reforma a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, aprobada en 2021, que flexibilizó los requisitos para aspirar al cargo de fiscal general de la Nación.
Dicho parágrafo permitía que los abogados con más de una profesión pudieran acreditar la experiencia requerida para ser fiscal con el ejercicio de esa otra profesión adicional.
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La Corte consideró que dicho cambio para que se permitiera experiencia con otra profesión, no jurídica, es inconstitucional.
“La persona que ostente el cargo de fiscal general, debe ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, abogado, no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad a menos que se trata de delitos políticos o culposos y contar con más de 15 años de experiencia en cargos judiciales, del Ministerio Público, la academia o en el ejercicio con buen crédito de la profesión. En ese sentido, la Corte advirtió que el legislador pretendió modificar un requisito constitucional a través de una leyes estatutaria, situación que, por supuesto, es violatoria de la Constitución”, advierte la Corte en un comunicado.