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Corte Constitucional ordenó al Gobierno adoptar medidas para proteger poblaciones vulnerables

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Corte Constitucional ordenó al Gobierno adoptar medidas para proteger poblaciones vulnerables

La Corte Constitucional, a través de un comunicado, informó sobre la orden que le dio al Gobierno Nacional de implementar planes de choque en las regiones identificadas, por la Defensoría del Pueblo, como zonas con emergencias humanitarias.

Estos deberán ser implantados en los departamentos de Antioquia, Chocó, Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Córdoba, y Norte de Santander.

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Son alrededor de 7 planes los que la Corte ordena construir, por el retroceso que se muestra en la garantía de los derechos a la vida, la seguridad, la libertad y la integridad de la población en situación de desplazamiento forzado, según indicadores de la Unidad para las Víctimas.

La agudización del conflicto armado, la presencia de cultivos ilícitos, el reclutamiento de menores, las minas antipersonales y los riesgos en contra de líderes y lideresas, fue lo que la Corte estableció como agravante de la situación, desplazamiento forzado, en los departamentos mencionados y que perjudican la integridad de muchos colombianos.

“En torno corrección de las falencias estructurales, la Corte concluyó que el Gobierno Nacional superó el bloqueo institucional identificado en el Auto 373 de 2016 derivado de la falta de una política pública en materia de prevención. Sin embargo, la Sala estableció la presencia de cuatro problemas estructurales en materia de prevención y protección”, afirma el comunicado.

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4 problemas estructurales en materia de prevención y protección

  • Un bloqueo institucional en materia de prevención. Lo expuesto, por el incumplimiento de parámetros constitucionales mínimos en la formulación de la política pública; la ausencia de resultados en la mitigación de los riesgos y vulnerabilidades de la población ante el desplazamiento.
  • Prácticas inconstitucionales en materia de coordinación entre la Nación, los departamentos y los municipios para la prevención del desplazamiento forzado.
  • Aumento sostenido de las solicitudes de protección y problemas en la respuesta de la Unidad Nacional de Protección.
  • Falta de continuidad de la respuesta institucional en el marco de la pandemia por el COVID-19. Esto, debido a que los planes diseñados para prevenir el desplazamiento no se adaptaron y, fueron insuficientes para mitigar los riesgos que se acentuaron por la pandemia.

Las órdenes de la Corte

  • Ordenar al Gobierno Nacional formular una estrategia de articulación y racionalización de la política pública de prevención de conformidad con los parámetros dispuestos en el auto y presentarla a la Sala.
  • Ordenar a la Procuradora General de la Nación realizar un seguimiento especial al cumplimiento de las recomendaciones dispuestas en las Alertas Tempranas.
  • Ordenar al Gobierno Nacional formular un plan de fortalecimiento del programa de protección dirigido a corregir los problemas identificados en materia de adecuación de las medidas y de cobertura material, seguimiento y sostenibilidad del programa.
  • Ordenar al Gobierno Nacional formular un protocolo de respuesta para que, en aquellos eventos en que se profiera una alerta temprana y se adviertan casos de riesgo extraordinario o extremo, se activen las rutas previstas en el programa de protección.

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