Corte Constitucional avaló la Ley de Paz Total, pero puso condiciones
En el fallo, la Corte hace una precisión sobre la eventual concesión de libertad a miembros de organizaciones como la llamada ‘Primera Línea”
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En horas de la noche de este jueves, la Corte Constitucional avaló la Ley de Paz Total, pero puso condiciones.
En el fallo, la Corte hace una precisión sobre la eventual concesión de libertad a miembros de organizaciones como la llamada ‘Primera Línea’, que se encuentren detenidos o privados de la libertad.
Entre otras decisiones, la Corte consideró que los términos de sometimiento deben ser definidos por el legislador y que la suspensión de órdenes de captura, la ubicación temporal y las garantías de seguridad de los miembros de Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI) deben cumplir ciertas condiciones, según la finalidad que el legislador estableció.
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“Se admitirá como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias a quienes el presidente de la República considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social, y se encuentren en privación de libertad.”, señala la sentencia.
Sobre esa norma, la Corte identificó que una interpretación posible de la expresión “y se encuentren en privación de libertad”, es la de que tal disposición permitiría al presidente de la República solicitar la excarcelación de estos voceros de organizaciones sociales y humanitarias. “
Es decir, el presidente está facultado para negociar o hacer acercamientos de paz; y también advierten que el Congreso debe reglamentar los términos del sometimiento a la justicia.