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Comunidades campesinas revelan exigencias para levantar asentamiento humanitario en Hacarí, Norte de Santander

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A través de una comunicación las comunidades campesinas pertenecientes a las veredas de Monte Tarra e Islitas del corregimiento de San José del Tarra del municipio de Hacarí (Norte de Santander), dieron a conocer que han sido víctimas de violaciones sistemáticas a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Según la población, ocasionadas por parte de tropas del Batallón No. 7 adscritos a la Fuerza Especial de Despliegue Rápido (FUDRA-III) del Ejército Nacional y quienes hacen presencia en este territorio desde de noviembre de 2018.

‘’En razón a las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, se han infringido los principios de distinción, precaución y proporcionalidad. En torno al principio de distinción, se ha evidenciado: hostigamientos, amenazas, empadronamientos, montajes judiciales, hurtos de cultivos de pancoger y ataques indiscriminados al apuntar y descargar municiones contra la población civil y de manera particular a los líderes comunales’’.

En la misiva también hacen relación al desplazamiento forzado del que fueron víctimas este mes 38 familias campesinas.

‘’En lo relacionado a las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el corregimiento San José del Tarra, se generó el 2 de febrero del 2021 el desplazamiento forzado de al menos 38 familias campesinas, las cuales se vieron obligadas a abandonar sus predios y viviendas, a la fecha no les ha sido posible retornar al territorio’’.

Cabe resaltar que la comunidad ha denunciado estos hechos ante los entes gubernamentales encargados, como la Personería Municipal de Hacarí.

Frente a lo expuesto las comunidades campesinas, organizaciones sociales y Asojuntas, con el acompañamiento de organizaciones defensoras de Derechos Humanos exigen lo siguiente:

  • El retiro inmediato de la base militar ubicada en la vereda Monte Tarra e Islitas por constituir una ocupación militar de facto de bienes privados y comunitarios por parte de las tropas del Batallo No.7 identificadas como Fuerza Especial de Despliegue Rápido (FUDRA III).
  • Garantías integrales para el retorno de las familias víctimas de desplazamiento forzado y garantías de no repetición ante las vulneraciones sistemáticas de Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
  • La no ocupación futura de bienes privados y comunitarios, así como de fuentes hídricas en cumplimiento del cumplimiento del DIDH y DIH.
  • Informe de Personería y Defensoría regional y nacional, así como de la Procuraduría General de la Nación, de las actuaciones y denuncias presentadas por la comunidad y el estado procesal de las mismas.

Al mismo tiempo reiteran que están en el ejercicio legítimo y constitucional de la protesta social y exigen garantías.

‘’Para que ningún participante del asentamiento humanitario será objeto de empadronamiento, seguimiento, judicialización, ni de ningún tipo de represaría por parte de las Fuerzas Militares, exigimos que el material fotográfico y fílmico que se ha tomado a los participantes durante la participación en el asentamiento humanitario, sea destruido o borrado en presencia de las comunidades’’.

Finalmente demandan plenas garantías durante el retorno de las comunidades a sus veredas y territorios, una vez finalice la jornada.

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