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Nacional

¿Bajo qué términos la Corte Constitucional tumbó la Ley de Financiamiento?

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Por seis votos a favor y tres en contra, la Corte Constitucional declaró la ilegalidad de la Ley de Financiamiento al encontrar que se cometieron errores en su trámite ante el Congreso de la República.

La presidenta del alto tribunal, Gloria Ortiz, explicó que la falta de publicación del texto aprobado por el Senado para que la Cámara de Representantes lo debatiera fue un error insubsanable.

“El texto sometido a consideración de los representantes no cumplió con la publicidad necesaria para que el legislador emitiera su consentimiento en la aprobación de una ley de alto contenido tributario, que requiere amplias garantías democráticas, en aplicación de los principios de literalidad y que no hay tributo sin representación”, indicó la presidenta.

Gloria Ortiz sostuvo que la explicación del texto que en su momento hiciera el senador David Barguil ante la Cámara de Representantes no es lo que indica la ley.

“La explicación de un senador no era un método adecuado para deducir la publicidad requerida y la consecutividad, porque ello desconoce la forma en que se adoptan las decisiones políticas, en la medida en que es el conocimiento completo del articulado el que determina la decisión individual de cada congresista de votar en favor de un proyecto de ley”, precisó la presidenta.

La magistrada también señaló que para evitar posibles efectos en la economía del país se dispuso que la decisión comenzará a regir a partir del primero de enero de 2020.

“Se constató que la declaratoria de inconstitucionalidad simple ocasionaría un vacío normativo en el sistema tributario que afectaría el recaudo previsto para el año 2019, lo cual podría impactar las inversiones del Estado ante la disminución de uno de los rubros más importantes de los ingresos corrientes de la Nación”, puntualizó la presidenta de la Corte Constitucional.

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